Poniendo las bases para contar en Buen Paso con el Consejo Parroquial de Asuntos Económicos


Parroquia transparente y coherente dando buenos pasos y saliendo del letargo.

 El Consejo Pastoral Parroquial Ntra. Sra. del Buen Paso, en la segunda reunión del presente curso pastoral 2023-2024, celebrada el miércoles 24 de abril, siendo las 19:30 horas, en los salones de la Iglesia de San Fermín, Hoya de Ana Díaz, ha puesto las bases para la creación del Consejo Parroquial de Asuntos Económicos, de vital importancia en la vida y transparencia de Ntra. Sra. del Buen Paso. 

Del que tanto se habla en los documentos de la Iglesia, en concreto en el I Sínodo Diocesano de Tenerife, y que, aún sigue siendo teoría en muchos rincones de esta diócesis, como el que nos ocupa y preocupa.

La parroquia de Ntra. Sra. del Buen Paso, cuenta gracias al esfuerzo y colaboración de los Agentes de Pastoral,  y de nuestro párroco, con el órgano de mayor corresponsabilidad e importancia de una parroquia: El Consejo de Pastoral. 

Aprobado por el Vicario General  de esta diócesis, en diciembre 2023, se reúne de con carácter Ordinario, en tres ocasiones, durante el curso, fijándose un miércoles, a las 19:00 horas, en el lugar indicado. 

Y ahora, se trabaja para lograr el Consejo de Asuntos Económicos. A continuación se detalla su estructura: 

Naturaleza

El Consejo Parroquial de Asuntos Económicos es un grupo de fieles, de carácter estable y consultivo, que ayuda al párroco, representante legal de la parroquia, en la administración de los bienes parroquiales, de acuerdo al derecho universal y a las normas establecidas por el obispo diocesano (CIC 537. 1280).

Funciones

Son funciones del Consejo Parroquial de Asuntos Económicos:

• Velar por la debida conservación de los bienes de la parroquia: templos, capilla, casa parroquial, bienes muebles e inmuebles, bienes de patrimonio cultural,  etc.

• Elaborar y controlar la actualización de los inventarios correspondientes y llevar el archivo de los documentos legales de los bienes inmuebles.

• Gestionar los recursos necesarios para que pueda llevarse a cabo la tarea de la evangelización en la parroquia.

• Velar para que la administración de los bienes de la parroquia se haga de acuerdo a las normas administrativas arquidiocesanas y a la legislación civil.

• Elaborar con el párroco el presupuesto de funcionamiento de la parroquia y enviarlo al vicario episcopal territorial para su aprobación al inicio del año junto con el balance de los ingresos y egresos del año anterior.

• Vigilar cuidadosamente la contabilidad parroquial y ejecución del presupuesto. Manifestar su opinión sobre el manejo de inversiones, gastos extraordinarios como construcciones o mejora de las existentes o gastos imprevistos y urgentes que no figuran en el presupuesto.

• Defender y reclamar, aun acudiendo a la Autoridad Civil, los bienes de la parroquia, conforme al Código de Derecho Civil.

• Conocer y acatar las disposiciones administrativas de la diócesis relacionadas con las obligaciones económicas de la parroquia.

Miembros

Son miembros de este consejo:

• El párroco.

• De los laicos participantes se nombrará un secretario que lleve las actas y tenga el cuidado de archivar en el despacho parroquial todos los documentos.

Los miembros deben de ser personas honorables y cumplidoras de sus deberes religiosos, de buena reputación y con alto sentido de servicio a la comunidad. Serán elegidos por el párroco y presentados al vicario episcopal territorial.

Funcionamiento

Son funciones del Consejo Parroquial de Asuntos Económicos:

• Al párroco le corresponde convocar y presidir las reuniones, exponer su finalidad y los asuntos que se deben abordar. 

• El consejo deberá reunirse en sesión ordinaria cada dos meses para oír el informe del párroco y tratar los distintos asuntos relativos a la administración económica de la parroquia. El párroco podrá convocarlo a reuniones extraordinarias cuando lo juzgue oportuno.

• Es preciso que, después de cada reunión, se levante un acta, que el párroco firmará y pondrá a disposición del vicario episcopal territorial.

• Es imperativo que todos los miembros del consejo participen en todas las reuniones; en caso de ausencia no justificada a tres sesiones, el miembro aludido quedará automáticamente fuera del mismo y se procederá a su reemplazo.

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